phone (052) 425671

email informatica@educaciontacna.edu.pe

ÓRGANO DE CONTROL INSTITUCIONAL


El Organo de Control Institucional, tiene a su cargo las siguientes funciones:

  • Formular, ejecutar y evaluar el Plan Anual de Control Institucional, de conformidad con la política y planes de control del Organismo Central del Ministerio de Educación y de la Contraloría General de la República.
  • Realizar las acciones de seguimiento que correspondan, cautelando la ejecución de medidas correctivas y/o sanciones dispuestas por el titular de la entidad.
  • Organizar y ejecutar las acciones de control posterior que específicamente le encargue el titular de la Dirección Regional de Educación y los organismos superiores de control.
  • Elaborar los informes de control interno y elevar a la Dirección Regional de Educación, Contraloría General de la República y otras instancias según corresponda.
  • Tener acceso en cualquier momento y sin limitación a los registros, documentos e información de la entidad y Centros Educativos de nivel Inicial, Primaria, Secundaria y Superior de la jurisdicción de la Dirección Regional de Educación de Tacna; así como requerir información a particulares que mantengan o hayan mantenido relaciones con la entidad.
  • Absolver consultas e interpretar la normativa del control gubernamental con carácter vinculante y, de ser el caso, orientador para los sujetos de control respecto de sus derechos, obligaciones, prohibiciones e incompatibilidades previstos en la normativa de control.
  • Recibir directamente la denuncia de acuerdo al ámbito de su competencia y de orientar al ciudadano que requieren acogerse a los alcances de la Ley Nº 29542, debiendo derivar con inmedializ la denuncia a la C.G.R., para su trámite correspondiente, cautelando la reserva de la identidad del denunciante y el contenido de la denuncia.
  • Proponer e implementar mecanismos de prevención y sanción para los actos de corrupción en la gestión administrativa.
  • Supervisar y garantizar el cumplimiento de las recomen. que se deriven de los informes de control.
  • Establecer mecanismos de orientación para los sujetos de control respecto a sus derechos, obligaciones, prohibiciones e incompatibilidades previstos en la normativa de control.
  • Otras funciones que le asigne la Contraloría General de la República y/o el Director Regional de Educación, dentro del campo de su competencia.